
Los Estatutos comunales para la justicia y el dinero público
En 1294 Sassari elaboró unos Estatutos suyos, escritos en latín y sucesivamente traducidos en lengua logudorese. Pero Génova seguía ejercitando el derecho de “vigilar”, enviando cada año un magistrado que presidía al Consejo mayor de la ciudad (constituido por cien“juratos”). Cada uno de los cuatro barrios en cambio, tenía su propio representante: los dieciséis “anziani” (viejos) representaban al Consejo menor. De esta manera se aministraban la justicia y el dinero público.








